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III Convenio colectivo de trabajo para los centros de trabajo de la empresa Distrigal, SL

Vigente según el texto publicado

Fuente oficial: publicación BOE-A-2025-18058 del BOE · Verificado el 15/09/2026 contra el texto oficial.
Código de convenio
90102782012017
Ámbito
empresa · España
Sector
distribución de muebles
Incrementos pactados
2025: las tablas y conceptos económicos quedan fijados conforme al anexo y sirven de base para los años posteriores; 2026: +1,8% sobre los conceptos económicos y salariales vigentes al 31 de diciembre de 2025; 2027: +1,8% sobre los conceptos económicos y salariales vigentes al 31 de diciembre de 2026; 2028: +1,8% sobre los conceptos económicos y salariales vigentes al 31 de diciembre de 2027; 2029: +1,8% sobre los conceptos económicos y salariales vigentes al 31 de diciembre de 2028
Jornada anual
1810 horas
Vacaciones
30 días

La publicación registra y publica el III Convenio colectivo de Distrigal, SL, aplicable a todos sus centros de trabajo en España y a su personal fijo y temporal. La empresa desarrolla actividades de compra, venta mayorista, importación, almacenaje, transporte y distribución de muebles en Cádiz, Sevilla, Murcia y Valladolid. El convenio tiene vigencia general desde el 1 de enero de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2029, con prórroga anual si no se denuncia; la póliza de accidentes queda exceptuada y solo produce efectos desde la publicación. Regula la comisión paritaria, la organización del trabajo, la clasificación en grupos profesionales y categorías, la movilidad funcional, la contratación y los periodos de prueba. También establece garantías salariales personales, igualdad y no discriminación, medidas frente al acoso y adhesión a procedimientos extrajudiciales de solución de conflictos.

Otros conceptos económicos del convenio

Concepto Importe
Plus de asistencia 21,86 €/mes
Plus de transporte 21,86 €/mes
Kilometraje con vehículo propio 0,26 €/km
Seguro por muerte por cualquier causa 6.500 euros
Seguro por muerte por accidente 13.000 euros
Seguro por muerte por accidente de circulación 20.000 euros
Seguro por incapacidad permanente total 6.500 euros

2025 · ANEXO NÚMERO 1. Tabla salarial 2025

 Salario base mensual
Grupo 1
1.1 Director.1.269
1.2 Oficial Administrativo.1.214
1.3 Auxiliar.1.204
1.4 Comercial.1.204
Grupo 2
2.1 Especialista.1.204
2.2 Conductor.1.204
2.3 Auxiliar Logístico.1.194
2.4 Personal de limpieza.1.194

Todas las categorías incluidas perciben además los pluses de asistencia y transporte regulados en los artículos 29 y 30.

Importes en euros salvo que la cabecera indique otra unidad.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la jornada anual según el III Convenio colectivo de trabajo para los centros de trabajo de la empresa Distrigal, SL?

La jornada anual pactada es de 1810 horas, según el texto publicado en el boletín oficial.

¿Cuántos días de vacaciones establece el III Convenio colectivo de trabajo para los centros de trabajo de la empresa Distrigal, SL?

El convenio establece 30 días de vacaciones anuales, según el texto publicado en el boletín oficial.

¿Qué subida salarial pacta el III Convenio colectivo de trabajo para los centros de trabajo de la empresa Distrigal, SL?

Incrementos pactados: 2025: las tablas y conceptos económicos quedan fijados conforme al anexo y sirven de base para los años posteriores; 2026: +1,8% sobre los conceptos económicos y salariales vigentes al 31 de diciembre de 2025; 2027: +1,8% sobre los conceptos económicos y salariales vigentes al 31 de diciembre de 2026; 2028: +1,8% sobre los conceptos económicos y salariales vigentes al 31 de diciembre de 2027; 2029: +1,8% sobre los conceptos económicos y salariales vigentes al 31 de diciembre de 2028.

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