SegúnConvenio
Buscar convenio

IX Convenio colectivo estatal del corcho

Vigente según el texto publicado

Fuente oficial: publicación BOE-A-2025-22416 del BOE · Verificado el 15/09/2026 contra el texto oficial.
Código de convenio
99010185011996
Ámbito
estatal · España
Sector
corcho
Incrementos pactados
2025: +3 % sobre las tablas salariales definitivas de 2024.; Si el IPC interanual de diciembre de 2025 supera el 3 %, incremento adicional por la diferencia, con un límite máximo del 1 %, con efectos desde el 1 de enero de 2026.

La publicación registra y hace pública el acta de acuerdo parcial del IX Convenio colectivo estatal del corcho, aplicable a las empresas y personas trabajadoras representadas por las organizaciones empresariales y sindicales firmantes del sector en todo España. El acuerdo prorroga la vigencia del convenio durante todo 2025 y fija para ese año una subida salarial del 3 % sobre las tablas definitivas de 2024. Se incorporan las tablas salariales de 2025 para siete grupos, con importes anuales, mensuales y, en los grupos 5 a 7, diarios. También se establecen dietas completa, media y de campo, además de una compensación por kilometraje. Si el IPC interanual de diciembre de 2025 supera el 3 %, se prevé una revisión adicional limitada al 1 %, con efectos de enero de 2026. Los posibles atrasos deben regularizarse en un máximo de dos meses desde la publicación en el BOE.

Otros conceptos económicos del convenio

Concepto Importe
Dieta completa 91,63 €/día
Media dieta 27,48 €/día
Dieta de campo 53,11 €/día
Kilometraje 0,35 €/km

2025 · revisadas · Tabla salarial sector de corcho año 2025

GruposSalario anual – EurosSalario mensual – EurosSalario diario – Euros
128.556,152.039,72-
224.147,981.724,87-
322.681,261.620,09-
420.817,231.486,94-
520.658,351.475,648,68
619.897,891.421,2846,88
718.748,041.339,1344,13

Importes en euros salvo que la cabecera indique otra unidad.

Preguntas frecuentes

¿Qué subida salarial pacta el IX Convenio colectivo estatal del corcho?

Incrementos pactados: 2025: +3 % sobre las tablas salariales definitivas de 2024.; Si el IPC interanual de diciembre de 2025 supera el 3 %, incremento adicional por la diferencia, con un límite máximo del 1 %, con efectos desde el 1 de enero de 2026..

Convenios relacionados